Derechos naturales y la Ilustración

Artículo

Mark Cartwright
por , traducido por Sabrina Pascutti Ayala
publicado 13 febrero 2024
Disponible en otros idiomas: inglés, árabe, francés, portugués
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La idea de los derechos naturales es el concepto usado en filosofía y estudios legales según el cual una persona tiene ciertos derechos desde su nacimiento y que, debido a que no fueron otorgados por un Estado en particular o una autoridad legal, no se pueden ser quitar; es decir, que son inalienables. Tales derechos pueden incluir el derecho a la vida, la libertad, la igualdad, la propiedad, la justicia y la felicidad.

Writing the Declaration of Independence
Redacción de la Declaración de Independencia
Jean Leon Gerome Ferris (Public Domain)

En conjunto, se puede hablar de los derechos naturales como la ley natural, un tema de especial interés para los filósofos de la Ilustración. Los derechos naturales se pueden contrastar con los derechos legales: aquellos otorgados a un ciudadano por el sistema legal del Estado en el que nació o vive (por ejemplo, el derecho a votar). Hay mucho debate sobre cuáles exactamente se pueden considerar derechos naturales y si es que existen tales derechos independientes de un sistema legal determinado. La aceptación de derechos naturales ha llevado con frecuencia a proteger formalmente ciertos derechos universales, conocidos como «derechos humanos» ya que aplican a todas las personas en todas partes, en documentos oficiales que abarcan desde la Carta de Derechos de los Estados Unidos (1791) hasta la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (1948). Como S. Blackburn afirma:

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Las listas básicas que cualquier constitución legítima ha elaborado de los derechos humanos que deben respetarse son sorprendentemente similares, lo que sugiere una concepción común de las condiciones necesarias para una sociedad que concuerda en la plena dignidad o respeto de los derechos humanos. (417)

¿Qué son los derechos naturales?

Los derechos naturales han sido una consideración de filósofos que se extiende desde los pensadores en la Antigüedad hasta organizaciones de derechos humanos modernas. Los pensadores de la Ilustración estaban interesados principalmente en la cuestión del mejor sistema de gobierno y sus opciones eran más bien pocas: la democracia, la democracia limitada o elitista o alguna forma de monarquía. El debate de los derechos naturales es secundario a esta discusión pero relevante porque los filósofos se veían obligados a considerar el éxito de un sistema político en particular según lo bien que protegía los derechos de los ciudadanos. Algunos pensadores sugerían que, debido a que creían que los ciudadanos tenían derechos naturales independientes del Estado, entonces era legítimo cuestionar el gobierno, especialmente si estaba basado en derechos no naturales como el privilegio. Los revolucionarios adoptarían esta idea, como por ejemplo durante la Revolución francesa (1789-1799) y la guerra de Independencia de los Estados Unidos (1775-1783), para legitimar el derrocamiento de gobiernos existentes y regímenes de poder.

Declaration of the Rights of Man and of the Citizen, 1789
Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, 1789
Jean-Jacques-François Le Barbier (Public Domain)

Para aquellos pensadores de la Ilustración que pensaban que existía tal cosa, lo típico era que consideraran los siguientes derechos naturales:

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  • la vida,
  • la libertad,
  • la justicia,
  • la propiedad,
  • la búsqueda de la felicidad,
  • la privacidad,
  • la libertad de expresión,
  • la defensa propia,
  • la libertad de manifestar la religión propia,
  • la libertad de la esclavitud.

Estas eran las preocupaciones principales de los pensadores de la Ilustración pero, por supuesto, un ciudadano del siglo XXI desearía agregar más, como el derecho a la educación, el derecho al trabajo o el derecho a elegir la identidad de género propia. Por tanto, los derechos naturales son aquellos derechos que una persona consideraría fundamentales para su bienestar y que cumplen con lograr el máximo del rol como ciudadano dentro de una sociedad en particular.

Ningún gobierno puede quitarle los derechos naturales a los ciudadanos porque estos los poseen independientemente de ese tipo de gobierno.

Establecer los derechos naturales parece algo bastante simple de decidir entre los ciudadanos, pero incluso el derecho natural más básico, el derecho a la vida, está plagado de posibles dificultades, tales como «¿ese derecho incluye o excluye el derecho al aborto o el derecho a la eutanasia?». Durante la Ilustración, algunas de las mentes más grandes de la historia se propusieron la imponente tarea de discutir a qué debería considerarse derechos naturales hasta resolverse a fondo.

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Apoyo a los derechos naturales

El apoyo a los derechos naturales depende de la consideración de cómo interactuaban los humanos antes de que las sociedades políticas se formaran. Este estado comúnmente se reconoció como el estado de naturaleza. Para muchos pensadores de este periodo, la idea de los derechos naturales era sinónimo de derechos dados por Dios, una idea de que Dios les había otorgado a los humanos un sentido de lo que requiere vivir juntos de forma armónica. Otros, como el pensador previo a la Ilustración Hugo Grotius (1583-1645), creían que «la ley natural es tan inmutable que ni el mismísmo Dios puede cambiarla» (Blackburn, 207).

Leviathan Frontispiece
Frontispicio del Leviatán
Abraham Bosse (Public Domain)

El orden natural, algo que se reveló cada vez más con el progreso de la Revolución Científica, fue un argumento de que la sociedad humana podía ser igual de ordenada y esto llevó a algunos pensadores a sugerir que los humanos no necesitaban tanta interferencia del estado como era el caso presente. También era importante la visión propia de la naturaleza del humano ya que la misma influiría en cuántas restricciones se podían considerar necesarias. Thomas Hobbes (1588-1679), por ejemplo, tenía una visión pesimista de la naturaleza humana, la cual lo llevó a pensar que se necesitaba un gobierno autoritario fuerte, su Leviatán, para proteger los derechos de las personas, a muchos de los cuales se renunciaba por el bien común (excepto el derecho a la protección propia) en un contrato social, un acuerdo de compromiso entre los ciudadanos. Hobbes no creía que los ciudadanos tuvieran derecho a derrocar la autoridad de su gobierno, la cual creyó que debía ser un monarca absoluto. Las opiniones de Hobbes pueden haber sido una reacción a su experiencia personal de la agitación de las guerras civiles inglesas (1642-1651).

Muchos pensadores no estaban de acuerdo en que existen derechos naturales fuera de una sociedad política.

Los pensadores de la Ilustración deseaban demostrar que la capacidad inherente de la humanidad para el raciocinio y su habilidad para ceder su propio interés por el bien de todos podía permitir que los ciudadanos tuvieran más derechos de lo que alguien como Hobbes estaba dispuesto a reconocer. Uno de esos pensadores fue John Locke (1632-1704). Locke pensaba que los humanos poseen una capacidad natural para la razón y la moderación propia, lo cual significa que son capaces de trabajar juntos por un bien común. Incluso en un estado natural, Locke creía que «nadie debe dañar a otro en su vida, salud, libertad o posesiones» (citado en Popkin, 77). Creía que la libertad del ciudadano debe protegerse de la intromisión del Estado. No estaba de acuerdo con la visión de Hobbes de que la propiedad no era un derecho natural. Es más, el propósito principal del gobierno de Locke es proteger la propiedad, con lo que se refería no solo a los bienes en los que una persona ha invertido su trabajo sino también a la vida y la libertad, ya que la propiedad es indispensable para la existencia de un ciudadano. Locke creía que como la igualdad es un derecho natural, todas las personas eran iguales ante la ley. En resumen, los individuos son más importantes que las instituciones y la influencia de estos últimos debería minimizarse mediante una separación de poderes formal entre el monarca, el parlamento, un organismo responsable de la política exterior y el poder judicial. Además, a diferencia de Hobbes, Locke creía que los ciudadanos tenían todo el derecho a reemplazar un gobierno que les hubiese fallado. Ningún gobierno puede quitarle los derechos naturales a los ciudadanos porque estos los poseen independientemente de tal gobierno.

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Montesquieu (1689-1757), quien también propuso una separación de poderes, creía que la mejor manera de crear mejores ciudadanos era garantizar dos cosas que consideraba evidentemente positivas: la libertad y la justicia.

Jean-Jacques Rousseau (1712-1778) sugería que los humanos en su estado natural son libres, iguales y tienen dos instintos básicos: un sentido de conservación propia y lástima por los demás. Él sugiere que tal es la falta de igualdad y tan frecuente el abuso perpetrado por los ricos y poderosos, que muchos individuos estarían mejor de vuelta en su estado natural. Rousseau creía que la propiedad no era un derecho natural sino una desafortunada creación de la sociedad. No obstante, la posesión de derechos naturales significa que Rousseau abogaba por una sociedad política que protegiera estos derechos y redujera la desigualdad. Los ciudadanos acceden a formar tal sociedad y, por lo tanto, el objetivo de los gobiernos es el bien común.

Thomas Paine by Debos
Thomas Paine, de Debos
Laurent Debos (Public Domain)

Algunos pensadores le daban importancia a otros derechos específicos. Denis Diderot (1713-1784), Montesquieu, Voltaire (1694-1778) y Rousseau veían la esclavitud como lo contrario al derecho natural a la libertad. Desafortunadamente, muchos hombres con poder político estaban ganando mucho dinero con el comercio de esclavos como para permitir cualquier reforma significativa en esa área hasta siglos más tarde. Thomas Paine (1737-1809) escribió en Los derechos del hombre (1791 y 1792) que «cada derecho civil surge de un derecho natural, el cual nunca debe ser invadido por las autoridades, cuya única función fue consolidarlos» (Yolton, 459). Paine creía que el derecho a elegir libremente las propias creencias religiosas era un derecho inalienable. Immanuel Kant (1724-1804) pensaba que la libertad de expresión era importante, y una vez escribió: «la libertad de la pluma es la única garantía de los derechos de las personas» (Robertson, 395).

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Críticas a los derechos naturales

Muchos pensadores no estaban de acuerdo en que alguna vez hubo un estado natural o que existen derechos naturales fuera de la sociedad política. David Hume (1711-1776) consideraba que tanto el estado natural como el contrato social eran pura ficción. Tampoco Edmund Burke (1729-1797) creía que alguna vez hubiera existido ese dicho estado natural. Más bien, para Burke, las instituciones nacionales y los derechos que protegían eran un producto de una rica y larga historia, así que una generación en particular no tiene derecho a hacer cambios drásticos sobre estas tradiciones que han perdurado a lo largo del tiempo.

Algunos pensadores creían que enfocarse en los derechos llevaba a los humanos y los gobiernos por el camino equivocado hacia una sociedad pobre. Kant pensaba que el concepto de dignidad era más importante que los derechos imprecisos. Kant sugería que los humanos nunca deben ser usados como un medio para un fin; su dignidad, en este sentido, no debe comprometerse ya que cada persona tiene un valor por su autonomía moral. El filósofo utilitario Jeremy Bentham (1747-1832), quien estaba más interesado en examinar la utilidad de las leyes en base a cuántas personas hacían felices, describió la idea de los derechos naturales como «tonterías glorificadas» (Blackburn, 417). Para Bentham y muchos otros, los derechos solo existen cuando las leyes los crean, una visión conocida como positivismo jurídico. Bentham señaló que «los derechos siempre deben implicar funciones aplicables sobre los otros, el cual no podría ser el caso en la ausencia de un gobierno» (Yolton, 459)

Immanuel Kant, c. 1790
Immanuel Kant, hacia 1790
Unknown Artist (Public Domain)

Los opositores señalan que lo que algunos filósofos en realidad dicen sobre los derechos naturales es que hay derechos que deberíamos tener y no necesariamente tenemos. Algunos críticos como William Godwin (1756-1836) sostienen que no tenemos derechos en absoluto, sólo deberes, y principalmente el deber de contribuir por el bien común de todos.

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Otros críticos señalan que los derechos naturales, al ser enumerados, son bastante imprecisos, mientras que las relaciones humanas son a menudo complejas. Por tanto, los derechos naturales requieren definiciones más exactas, algo que por lo general solo es posible mediante leyes. Por ejemplo, la búsqueda de la felicidad necesita una definición de qué es la felicidad, un tema sobre el cual incluso los filósofos más reservados han podido escribir muchas páginas para definirlo. En un ejemplo más práctico, uno puede tener derecho a una propiedad, digamos una casa, pero no necesariamente derecho a hacerle modificaciones si, por ejemplo, es una propiedad de particular valor arquitectónico (p. ej. un edificio histórico protegido). La libertad de expresión puede otorgarse, pero cuando alguien llama a realizar actos violentos contra otros, ¿debería quitarse ese derecho? Existe también el problema de que algunos derechos naturales pueden contradecirse el uno con el otro o con el bien común. Algunos pensadores creen que ciertos derechos no deben existir en absoluto, como por ejemplo la propiedad privada en forma de riqueza excesiva. Entonces, las leyes deben considerar una clasificación de los derechos, y es en esa clasificación que es muy difícil que todos los ciudadanos estén de acuerdo. Por último, algunos opositores de los derechos naturales señalan que si seguimos agregando derechos a la lista, generación tras generación (por ejemplo, el derecho al trabajo es relativamente reciente), entonces esto solo demuestra que los derechos naturales no son «naturales»; no son algo con lo que nacemos antes de que las sociedades existieran, sino que más bien son algo que los humanos adquieren y requieren conforme las sociedades evolucionan y se desarrollan.

Legado

Desde luego, los radicales utilizaron la idea de los derechos naturales para legitimar el derrocamiento de gobiernos. Los revolucionarios en Francia y los Estados Unidos fueron capaces de reclamar que, ya que los ciudadanos tenían derechos inalienables, un deseo de cambiar a un gobierno que protegiera mejor estos derechos también era legítimo. Además, muchos radicales regresaron a la visión común en la Antigüedad de que una persona solo puede alcanzar la ciudadanía completa si tiene derecho a participar en el gobierno (siendo el derecho a votar la participación mínima). Este no era el caso de ninguno de los ciudadanos en los gobiernos monárquicos del periodo y sin duda tampoco el caso de las colonias de esas monarquías. Tanto la Declaración de Independencia de EE. UU. (1776) como la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano de Francia (1789) hicieron una mención especial de los derechos naturales. La Declaración de Independencia está repleta de terminología sobre los derechos naturales, en frases como «Sostenemos que estas verdades son evidentes en sí mismas», «Los hombres son creados iguales» y «La vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad».

El debate ha continuado entre los filósofos y políticos acerca de las condiciones exactas en las que deben protegerse ciertos derechos. En la Ilustración, los absolutistas creían que el Estado debe ser capaz de anular ciertos derechos individuales por el bien del control y la seguridad para todos. Los pensadores liberales creían que los individuos deben protegerse de la interferencia excesiva del Estado en sus derechos, especialmente en sus derechos civiles. Los derechos civiles pasaron a ser vistos como sinónimo de derechos naturales mientras que otros derechos, aquellos no universales, se consideraron derechos políticos. La segunda categoría, que incluye el derecho a votar o participar en el gobierno, tuvo limitaciones. Dos ejemplos de los límites impuestos a la participación política plena son que las mujeres no recibían los mismos derechos que los hombres y que aquellos con propiedad tenían ventajas sobre aquellos sin propiedad (incluso para tales pensadores de la Ilustración como Rousseau, Montesquieu y Paine).

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Por tanto, la Ilustración avanzó al aportar claridad respecto a la definición de los derechos y lo que implican y, hasta cierto punto, al garantizar una igualdad de derechos para todos. Pero todavía había mucho espacio para mejorar y vendrían muchos debates en cuanto a qué constituye exactamente un derecho y cuál sería la mejor manera de proteger estos derechos, un asunto espinoso que incluso hoy continúa desafiando a los gobiernos y a los organismos internacionales.

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Preguntas y respuestas

¿Qué ejemplos hay de los derechos naturales?

Los ejemplos de derechos naturales incluyen el derecho a la vida, la felicidad, la libertad, la propiedad, la libertad de expresión, la justicia, la defensa propia y la libertad de la esclavitud.

¿Cuál es el significado de «derechos naturales»?

Los derechos naturales son aquellos derechos con los que nace una persona a diferencia de aquellos derechos otorgados por un gobierno o Estado específico. Por esta razón, los derechos naturales a menudo se describen como evidentes en sí mismos e inalienables.

¿Los derechos naturales y los derechos humanos son lo mismo?

Tanto los derechos naturales como los derechos humanos se consideran derechos universales, es decir, que son derechos con los que nacen todas las personas o deberían poseer dondequiera que vivan. En la práctica, tales derechos no siempre se garantizan a todos en todas partes ya que las opiniones difieren con respecto a qué son estos derechos y si de verdad aplican a todas las personas.

Sobre el traductor

Sabrina Pascutti Ayala
Mi nombre es Sabrina, tengo 21 años y soy de Argentina. Soy estudiante de traducción en inglés y espero obtener mi título terciario a fines de 2025. Me interesa la traducción editorial y disfruto aprender historia.

Sobre el autor

Mark Cartwright
Mark es un autor, investigador, historiador y editor a tiempo completo. Se interesa, en especial, por el arte y la arquitectura, así como por descubrir las ideas compartidas por todas las civilizaciones. Tiene una maestría en filosofía política y es el director de publicaciones de World History Encyclopedia.

Cita este trabajo

Estilo APA

Cartwright, M. (2024, febrero 13). Derechos naturales y la Ilustración [Natural Rights & the Enlightenment]. (S. P. Ayala, Traductor). World History Encyclopedia. Recuperado de https://www.worldhistory.org/trans/es/2-2375/derechos-naturales-y-la-ilustracion/

Estilo Chicago

Cartwright, Mark. "Derechos naturales y la Ilustración." Traducido por Sabrina Pascutti Ayala. World History Encyclopedia. Última modificación febrero 13, 2024. https://www.worldhistory.org/trans/es/2-2375/derechos-naturales-y-la-ilustracion/.

Estilo MLA

Cartwright, Mark. "Derechos naturales y la Ilustración." Traducido por Sabrina Pascutti Ayala. World History Encyclopedia. World History Encyclopedia, 13 feb 2024, https://www.worldhistory.org/article/2375/natural-rights--the-enlightenment/. Web. 09 jul 2025.

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